seguro de baja laboral

Seguro de baja laboral para autónomos (actualizado enero 2024)

Hoy vamos a hablar de uno de los seguros para autónomos más importantes para lograr el equilibrio entre la vida profesional y personal de un autónomo.

Las aseguradoras y los usuarios lo llaman comúnmente seguro de baja laboral, aunque en realidad se trata de un seguro de accidentes bastante especial.

El seguro de baja laboral es uno de los imprescindibles para empresarios individuales (autónomos freelance) y para los socios de pequeñas empresas (autónomos societarios).

 

Coberturas de la Seguridad Social para autónomos

Al estar dado de alta como autónomo en la Seguridad Social se cotiza obligatoriamente por la cobertura de Incapacidad Temporal derivada de contingencias comunes. Además, se debe contratar obligatoriamente la cobertura de Incapacidad Temporal por Contingencia Común con una Mutua Colaboradora con la Seguridad Social.

Así, el encargado de expedir los partes de baja, alta y confirmación es el médico de familia de la Seguridad Social y la Mutua Colaboradora se encarga de la prestación económica cuando sucede una incapacidad temporal derivada de contingencia común.

Los servicios que presta la Mutua Colaboradora ante una incapacidad temporal por contingencia común son:

  • Pago de estas prestaciones económicas durante la baja médica:
    • Del los días 4 al 20: el importe se calcula aplicando el 60% de la base de cotización del mes anterior a la baja médica.
    • A partir del día 21 de la baja médica: el importe será del 75% de la base de cotización.
  • Seguimiento médico y acompañamiento durante el proceso de la baja médica. Apoya al autónomo durante su convalecencia y le facilita la posibilidad de acceder a pruebas diagnósticas, rehabilitadoras, etc.

 

Subsidio de la Seguridad Social en caso de baja laboral

La realidad es que la gran mayoría de los autónomos en España sigue cotizando a la Seguridad Social por la base mínima, dentro del tramo que les corresponde por sus ingresos mensuales.

Esto es así porque 2 millones de autónomos (2 de cada 3) declararon ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El resto, algo más de 1 millón, obtuvieron unos ingresos por encima de este umbral.

El problema viene cuando el autónomo se pone enfermo y solicita la baja por enfermedad, a lo que tiene derecho, si está al corriente de los pagos a la Seguridad Social y ha cotizado, al menos, 180 días en los últimos cinco años.

¿Cuánto percibirá entonces cada mes de la Seguridad Social?

Veamos tres ejemplos, calculados todos ellos sobre la base reguladora mínima correspondiente.

 

1) Si el autónomo está en el tramo de ingresos mensuales entre 1.166,70€ y 1.300€

  • Si la baja es por contingencias comunes (una causa extralaboral), percibiría el 60% de la base reguladora durante los primeros 21 días de baja y después, el 75%. Lo que se traduce en 570,59€ y 713,24€ al mes, respectivamente.
  • Si la baja es por contingencias profesionales, percibiría el 75% de la base reguladora, es decir, 713,24€ al mes.

El autónomo que está de baja, además, tiene que seguir abonando la cuota mensual de la Seguridad Social. Por lo que, en realidad sólo percibiría 272,93€ al mes (por contingencias comunes durante los primeros 21 días) y 415,58€ al mes (por contingencias profesionales o comunes después del día 21 a la baja).

 

2) Si el autónomo está en el tramo de ingresos mensuales entre 2.030€ y 2.330€

  • Si la baja es por contingencias comunes (una causa extralaboral), percibiría el 60% de la base reguladora durante los primeros 21 días de baja y después, el 75%. Lo que se traduce en 647,06€ y 808,82€ al mes, respectivamente.
  • Si la baja es por contingencias profesionales, percibiría el 75% de la base reguladora, es decir, 808,82€ al mes.

El autónomo que está de baja, además, tiene que seguir abonando la cuota mensual de la Seguridad Social. Por lo que, en realidad sólo percibiría 309,51€ al mes (por contingencias comunes durante los primeros 21 días) y 471,27€ al mes (por contingencias profesionales o comunes después del día 21 a la baja).

 

3) Si el autónomo está en el tramo de ingresos mensuales superiores a 6.000€

  • Si la baja es por contingencias comunes (una causa extralaboral), percibiría el 60% de la base reguladora durante los primeros 21 días de baja y después, el 75%. Lo que se traduce en 1.039,22€ y 1.299,02€ al mes, respectivamente.
  • Si la baja es por contingencias profesionales, percibiría el 75% de la base reguladora, es decir, 1.299,02€ al mes.

El autónomo que está de baja, además, tiene que seguir abonando la cuota mensual de la Seguridad Social. Por lo que, en realidad sólo percibiría 497,09€ al mes (por contingencias comunes durante los primeros 21 días) y 756,89€ al mes (por contingencias profesionales o comunes después del día 21 a la baja).

 

Todas las razones para tener un seguro de baja laboral

Es evidente que, a menos que cuentes con un buen colchón financiero, las cantidades que hemos visto que quedan son insuficientes para sobrevivir y seguir haciendo frente a los gastos fijos de tu negocio.

Por eso, la primera razón para contratar un seguro de baja laboral para autónomos es poder mantener tu vivienda, tu familia y a tu negocio mientras estés de baja.

Además, también es posible concentrar en un solo seguro varias coberturas muy útiles para un autónomo:

  • Coberturas que corresponden a un seguro de asistencia sanitaria, para recibir atención médica con los mejores profesionales sin listas de espera. Proporciona la prestación de unos servicios médico-quirúrgicos en los casos de enfermedad o accidente contemplados en la póliza.
  • Coberturas que corresponden a un seguro de enfermedad. El asegurador paga una indemnización diaria (renta) durante la hospitalización, convalecencia y opcionalmente, por otras situaciones (intervención quirúrgica). En caso de una invalidez permanente absoluta también se percibe una indemnización única pactada en la póliza.
  • Algunos seguros de baja laboral, también incluyen entre sus coberturas las correspondientes a un seguro de decesos.

La renta diaria que pagará el seguro en caso de baja laboral, se suma a la percibida de la Seguridad Social.

Con el pago del seguro de baja laboral, el asegurado recibe más prestaciones en caso de enfermedad o accidente que si sólo subiera su cotización mensual a la Seguridad Social.

 

Desgravación en la Declaración anual de la Renta

El seguro de baja laboral para autónomos sólo es desgravable si se puede justificar que dicho seguro va ligado a la propia actividad profesional del asegurado.

 

Hay un amplio abanico de primas para contratar tu seguro de baja laboral. Consúltanos y te haremos una propuesta a la medida de tus necesidades.

 



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