06 Mar La nueva Ley de Protección al Informante
Ley de Protección al Informante y canal de denuncias
El pasado 16 de febrero de 2023 se aprobó la Ley de Protección al Informante. Esta nueva ley transpone a la legislación española la Directiva Whistleblowing europea, de la que ya habíamos hablado en este artículo de nuestro blog.
Con la entrada en vigor de esta Ley 2/2023, muchas empresas quedan obligadas a contar con un canal de denuncias con el que cualquiera pueda denunciar irregularidades. Este canal debe ser seguro, legal y fácil de usar, siendo sus principales características la confidencialidad y el anonimato de aquéllos que lo utilicen.
Vamos a ver las nuevas obligaciones que la Ley de Protección al Informante establece, a qué empresas afecta esta normativa y las sanciones a las que nos podemos enfrentar si no se cumple con sus disposiciones.
¿Afecta esto a mi empresa?
La Ley 2/2023 impone obligaciones a todas las empresas privadas de más de 50 trabajadores, a todas las Administraciones Públicas, así como a partidos políticos, sindicatos y a cualquier entidad que reciba o gestione fondos públicos.
Por tanto, si tu empresa cuenta con 50 o más trabajadores, o es posible que pueda superar esta cifra próximamente, debes ponerte en marcha para conocer y cumplir lo que indica esta ley. De no cumplir con esta nueva obligación, tu empresa estaría cometiendo una infracción que podría ser sancionada con hasta un millón de euros de multa.
¿Cuánto tiempo tiene mi empresa para crear un canal de denuncias?
Tal como se establece en la Disposición Transitoria Segunda de esta Ley 2/2023, el plazo máximo para establecer un sistema interno de información (conocido como canal de denuncias interno), es de tres meses a contar desde la entrada en vigor de la Ley.
Ahora bien, aquellas empresas que tengan hasta 249 trabajadores, gozarán de un plazo algo más amplio para adaptarse a esta nueva normativa. Tendrán hasta el día 1 de diciembre de 2023 para implementar el canal de denuncias interno.
Objetivo de la norma
El principal objetivo de esta nueva Ley es proteger a los informantes, es decir, a aquellas personas (en su gran mayoría trabajadores) que decidan informar sobre cualquier tipo de infracción cometida en el entorno laboral, que hayan presenciado o de la que tengan conocimiento.
También pueden denunciarse, mediante el canal interno, infracciones cuyo informante haya obtenido la información en el marco de una relación laboral ya extinguida o incluso durante un proceso de selección. Como podemos ver, no se restringe el ámbito de las infracciones a las cometidas durante una relación laboral, ya que también se abarcan las cometidas anterior o posteriormente a ésta.
La intención de la normativa es que los denunciantes puedan informar de estas irregularidades libremente. Por eso, se prohíbe expresamente cualquier acto asimilable a una represalia contra estas personas.
A modo de ejemplo, la normativa considera como represalia la suspensión del contrato de trabajo del informante, el despido, la no renovación, la terminación anticipada de un contrato temporal, una modificación sustancial de las condiciones de trabajo o la imposición de cualquier medida disciplinaria.
Sanciones en la Ley de Protección al Informante
La Ley de Protección al Informante se toma muy en serio la obligación de que las empresas establezcan un canal de denuncias interno. Así, la Ley considera que no disponer de dicho canal de denuncias constituye una infracción muy grave.
El régimen de sanciones diferencia entre sanciones interpuestas a personas físicas y sanciones interpuestas a personas jurídicas. Tal como se puede ver en el artículo 65 de la Ley de Protección al informante, las sanciones se distribuyen de la siguiente manera:
– Sanciones contra personas físicas (autónomos): multa desde 30.001 euros hasta 300.000 euros.
– Sanciones contra personas jurídicas: multa desde 600.001 euros hasta 1.000.000 euros.
En el caso de infracciones muy graves (como no contar con canal de denuncias), la Autoridad Independiente de Protección al Informante podrá acordar medidas extraordinarias, como una amonestación pública o la prohibición de acceder a subvenciones y otros beneficios fiscales durante 4 años, entre otras.
La Ley de Protección al Informante es un ejemplo más de las normas que se han aprobado recientemente y que imponen nuevas obligaciones a las empresas. Si necesitas asesoramiento en este tema, contáctanos.